Conozca todo sobre el nuevo "Plan de Subsidio al Empleo"

Con esta iniciativa las empresas recibirán un monto mensual fijo, equivalente a 160 mil pesos, por cada trabajador que retorne a su puesto de trabajo y un monto mensual equivalente al 50% de la Renta bruta mensual de cada nuevo empleado que sea contratado.

La Región 30/09/2020 Equipo AraucaniaDiario Equipo AraucaniaDiario
Plan de Subsidio al Empleo.
Plan de Subsidio al Empleo.

Este domingo el Presidente Piñera anunció el "Plan de Subsidio al Empleo", cuyo objetivo es la creación y recuperación de un millón de empleos y así disminuir las cifras de desocupados en el país generados en el marco de la pandemia del coronavirus.

Esta iniciativa implicará una inversión aproximada de US$2.000 millones con cargo al Fondo Covid, para así apoyar el financiamiento del retorno al empleo y las nuevas contrataciones. Además, el cumplimiento será fiscalizado por el SENCE y la Dirección del Trabajo, pudiendo efectuarse denuncias en los canales de atención de ambos servicios.

En este sentido, este plan cuenta con dos tipos de subsidios el subsidio a la contratación para nuevos trabajadores y el subsidio al regreso, para trabajadores con contrato suspendido que se reincorporen a sus labores. Este plan que empezó a partir desde el domingo tendría vigencia hasta el próximo año y permitirá los siguientes beneficios:

Subsidio al Regreso

En el caso del Subsidio al Regreso, la empresa que postule y cumpla los requisitos, recibirá un monto mensual fijo equivalente a $160.000 (ciento sesenta mil), por hasta 6 meses por cada trabajador que retorne a su puesto de trabajo tras haber estado con su contrato suspendido por la LPE. Si el trabajador que regresa pacta la reducción de jornada estipulada en la LPE, el subsidio se reducirá de manera proporcional.

Los requisitos para acceder a este subsidio es que las empresas hayan experimentado una caída en sus ventas o ingresos brutos de -al menos- el 20% en el cuatrimestre abril-julio de 2020, respecto del mismo cuatrimestre abril-julio de 2019. Además, deben tributar en alguno de estos sistemas: en primera categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR); pequeños contribuyentes ó artículo 22 de la LIR. De no cumplir estos requisitos quedarían fuera de este beneficio.

Además, los trabajadores por los que podrá postular al subsidio deben ser mayores de 18 años; deben haber estado acogidos a la suspensión de los efectos del contrato de la Ley de Protección del empleo hasta el 31 de agosto de 2020, y haber sido reincorporados a sus funciones; y su renta mensual bruta no puede exceder de $961.500 (3 Ingresos Mínimos Mensuales). 

Subsidio a la Contratación

En el caso del Subsidio a la Contratación, la empresa que postule y cumpla los requisitos recibirá un monto mensual equivalente al 50% de la Renta bruta mensual del trabajador postulado, con tope de hasta $250 mil pesos mensuales, hasta por 6 meses. Este subsidio se paga por cada contratación adicional que realice la empresa respecto de su nómina de trabajadores informada a julio de 2020.

En caso que la nueva contratación involucre a jóvenes mayores de 18 años y menores de 24 años; mujeres y personas con discapacidad, debidamente certificada: el monto del subsidio será equivalente al 60% de la RMB del trabajador postulado, con tope de $270 mil pesos mensuales, hasta por 6 meses.

En el caso del Subsidio a la Contratación, la empresa podrá postular respecto de trabajadores cuya antigüedad máxima en la compañía sea de 3 meses (90 días corridos) contados a la fecha de postulación al beneficio. 

En estos casos las empresas igualmente deben tributar en alguno de estos sistemas: en primera categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR); pequeños contribuyentes ó artículo 22 de la LIR.

Cómo y cuándo postular

Las empresas que deseen optar al beneficio deberán hacerlo en línea a través del sitio web www.subsidioalempleo.cl, donde además de postular al subsidio, podrán consultar por el estado de las postulaciones y revisar los subsidios recibidos con su respectivo estado de pago.

El inicio de las postulaciones comenzó el 28 de septiembre para los trabajadores regresados que hayan sido suspendidos por Acto de Autoridad. Para los trabajadores que hayan sido suspendidos por Pacto de Suspensión, o para las nuevas contrataciones, las postulaciones partieron el día de ayer 29 de septiembre. Todas las anteriores tienen como fecha de término el 31 de marzo de 2021.

Los pagos

El Sence revisará las postulaciones realizadas por la empresa en un determinado mes. Si cumple con los requisitos y condiciones para acceder a los subsidios, los concederá y pagará a más tardar dentro de 30 días desde que concede el beneficio. Los pagos de los meses sucesivos al del primer beneficio se realizará en los últimos 5 días hábiles de cada mes. Los pagos se realizarán a la cuenta bancaria que señale la empresa en su postulación.

Subsidios al Empleo Joven y Bono Trabajo Mujer

No hay incompatibilidad entre estos subsidios para los trabajadores jóvenes o las mujeres, por lo que seguirán recibiendo el SEJ y BTM si son beneficiarios, pese a que su empleador pueda recibir los subsidios Regresa o Contrata.

Para las empresas la situación es distinta, porque si tiene trabajadores que reciben el SEJ y del BTM, la empresa no tendrá derecho a recibir la parte de aquellos subsidios que le correspondía desde la fecha en que recibe los subsidios Regresa o Contrata.

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