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Al momento de la detención, el personal policial constató que sujeto estaba ebrio y que no tenía licencia de conducir. La ambulancia estaba avaluada en $63.665.000. El tribunal no le concedió beneficios en consideración del daño causado y a que registra 2 condenas anteriores.
La Región06/12/2020
Equipo AraucaniaDiarioPenas que suman más de 6 años de cárcel efectiva deberá cumplir Jaime Alejandro Sáez Rubilar, quien fue condenado por hurtar una ambulancia en el Hospital de Cunco y posteriormente volcar el vehículo de emergencia, conduciendo en estado de ebriedad y sin haber obtenido jamás licencia.
El fiscal Luis Arroyo acreditó en el juicio que el insólito hecho ocurrió el 06 de agosto de 2019, a las 23:35 horas, el ahora condenado sustrajo desde el sector de Urgencias del Hospital de Cunco, una ambulancia marca Mercedes Benz avaluada en $63.665.000 (sesenta y tres millones seiscientos sesenta y cinco mil pesos), que permanecía con la llave de contacto puesta y el motor encendido, mientras el conductor trasladaba a un paciente hasta el interior del hospital.
Una vez advertida la sustracción, personal del hospital solicitó la presencia de Carabineros quienes iniciaron la persecución del imputado por caminos públicos y rurales. Al llegar a la Ruta S-377, kilómetro 07 de la misma comuna de Cunco, Jaime Sáez Rubilar perdió el control del vehículo de emergencia y volcó a un costado del camino, resultando el móvil con su estructura completamente dañada.
Al momento de la detención, el personal policial constató que sujeto estaba ebrio y que no tenía licencia de conducir. El examen de alcoholemia practicado arrojó como resultado 3,20 gramos de alcohol por litro de sangre.
El condenado deberá purgar una pena de 4 años de presidio por el delito de hurto simple, y otra de 818 días por conducción de un vehículo motorizado en estado de ebriedad sin haber obtenido licencia causando daños. El tribunal no le concedió beneficios en consideración del daño causado y a que registra 2 condenas anteriores por conducir ebrio y sin licencia, por lo que ambas penas son de cumplimiento efectivo.

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