No se registraron heridos ni se reportaron personas que hayan llegado de forma posterior hasta centros asistenciales.
Caso Camilo Catrillanca: Corte confirma prisión preventiva de ex funcionario del GOPE Braulio Valenzuela
El tribunal consideró que la medida cautelar objetada es la única que puede garantizar los fines del procedimiento y la seguridad de la sociedad. Por ello, rechazó el recurso de amparo interpuesto por la defensa del carabinero dado de baja.
La Región 21/02/2021 Yuliana MontielEste sábado, la Corte de Apelaciones de Temuco rechazó el recurso de amparo interpuesto por la defensa del carabinero dado de baja Braulio Andrés Valenzuela Aránguiz, condenado a 3 años y un día y 61 días de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada intensiva por el tiempo de las condenas, como autor de los delitos consumados de disparo injustificado y obstrucción a la investigación, en el denominado caso Catrillanca.
En el fallo, la Segunda Sala del tribunal de alzada no dio lugar a la acción cautelar deducida y confirmó la resolución dictada el 30 de enero pasado, que decretó la prisión preventiva del exsuboficial del GOPE.
El tribunal de alzada consideró igualmente que no habían variado las circunstancias, por lo que no era procedente la facultad de sustituir la pena privativa o restrictiva de libertad tratándose de un delito que se cometió empleando armas. Lo que llevó a estimar a la Corte en que la única cautelar que garantiza los fines del procedimiento, seguía siendo la prisión preventiva del imputado.
La resolución agrega: "el amparado se encontraba sometido a la medida cautelar de prisión preventiva desde el 19 de enero de 2021 como consecuencia de lo resuelto por esta I. Corte de Apelaciones que, acogiendo un recurso de apelación deducido por el Ministerio Público en contra de resolución que había negado la aplicación de la indicada cautelar, la revocó. (…) A la fecha en que se resolvió del modo indicado, el juicio oral había concluido habiéndose emitido veredicto condenatorio y pendiente el plazo de redacción de la sentencia y su notificación a los intervinientes".
"Que una vez comunicada la sentencia –continúa– la defensa del amparado solicitó la modificación de la medida cautelar (…) y, en esta oportunidad el Tribunal Oral accedió a modificarla sustituyéndola por una privación parcial de libertad y arraigo nacional, lo que, como consecuencia de los recursos de apelación deducidos, nuevamente fue revocada por la I. Corte de Apelaciones, esta vez conforme a la resolución que motiva el presente recurso de amparo", señala.
Además, indica: "la medida cautelar de prisión preventiva impuesta al amparado lo ha sido por autoridad competente, en proceso legalmente tramitado, observándose en plenitud las garantías de los intervinientes, y resolviendo los magistrados en el ejercicio de sus facultades y con las formalidades correspondientes, por lo que desde un punto de vista formal no es posible formularles reproche por lo que decidieron".
Para el tribunal de alzada: "… se estima suficientemente justificada la decisión adoptada por los votos de mayor a, puesto que si se considera el contexto í de la causa, el estado procesal de la misma, la circunstancia que solamente once días antes se había dictado la resolución que impuso la medida cautelar de prisión preventiva con los fundamentos que se transcribieron más arriba, la referencia a que las condiciones o circunstancias que determinaron su aplicación no habían variado constituye una clara referencia a las razones allí vertidas, y su reiteración para fundar la actual decisión, de manera que no se trata de una argumentación vacía, carente de contenido y que no haya considerado aquellas condiciones o aspectos que deben ser ponderados al resolver sobre la imposición de esta medida cautelar en análisis, puesto que expresamente se indica que esta cautelar es la única que puede garantizar los fines del procedimiento y la seguridad de la sociedad".
Por tanto, resuelve la corte: "se rechaza el recurso de amparo interpuesto por don Juan Javier Jara Müller, abogado, en representación de don Braulio Valenzuela Aránguiz, en contra de la resolución de dictada por la Iltma. Corte de Apelaciones de Temuco, de fecha 30 de enero de 2021, mediante la cual se decretó la prisión preventiva del amparado".
La enfermedad es producida por una bacteria y se propaga por el aire o contacto directo al toser, estornudar o escupir.
83% cree que el exPresidente Sebastián Piñera será recordado con cariño y admiración
Asimismo, un 60% piensa que durante sus gobiernos logró avances importantes y un 86% que tenía capacidad para solucionar los problemas del país.
SOFO: intervención de Cotrisa no logró los resultados esperados
Hace meses el trigo nacional está en crisis debido a la marcada preferencia por los trigos importados por parte de la industria molinera. Esto ha ocasionado una falta de interés y baja sustantiva en los precios pagados a nuestros productores.
Gobernador Luciano Rivas inauguró APR para 1.500 personas de Lautaro
La máxima autoridad regional dio el vamos a esta moderna infraestructura ubicada en el sector Los Temos, la cual viene a contribuir al mejoramiento de la calidad de vida de familias pertenecientes a las comunidades Vega Catricura, Lorenzo Catril, Juan Manuel Cona, Antonio Illimén, Santos López Licán, Juan Mariqueo, Valentín Namoncura y José María Toro.
Se puede postular en www.fosis.gob.cl hasta el 10 de abril.
Polémica por instalación de semáforos para facilitar salida de vehículos de la Puntilla de Villarrica
La Municipalidad autorizó la medida que interrumpirá el tránsito de la carretera hacia Pucón, aunque del alcalde Germán Vergara culpa al anterior edil Pablo Astete y nadie asume la responsabilidad.
El holding de capitales coreanos reconoció a sus trabajadores que cumplieron 10, 20 y 30 años trabajando en la planta de tableros de madera ubicada en Lautaro.
Comunidades cuestionan a la UFRO por atribuir asesinato de Carabineros al conflicto indígena
Criticaron además el fallido proceso de consulta indígena para la modificación del reglamento de Gendarmería, donde denuncian, no se escuchó a los presos mapuche ni a sus familiares.
La Araucanía en "Alerta Roja" por lectura de sentencia contra Llaitul
A partir de las 13 horas se conocerá la decisión del Tribunal Oral en lo Penal de Temuco, sobre el fundamento para fallar en su contra y la condena que deberá cumplir en la cárcel. La fiscalía pide 25 años.
Fiscalía desestimó investigar al diputado Miguel Mellado por filtración de audio
En audiencia realizada en Valparaíso, el Ministerio Púbico acordó una suspensión condicional. Además, se logró establecer que la reunión no era secreta y que el parlamentario llegó tarde, por lo que no recibió la advertencia de no comentar lo conversado.