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ISL de La Araucanía participó en actividad de la Seremi de Educación
El Instituto de Seguridad Laboral realizó una charla informativa del Seguro Escolar, como parte de la “Semana de la Seguridad Escolar y Parvularia”.
Con la prueba testimonial y pericial presentada por la Fiscalía, el Tribunal Oral de Angol resolvió condenar a un hombre por los delitos de abuso sexual infantil, violación infantil reiterada y violación propia, cometidos en perjuicio de la hija de su conviviente entre los años 2010 y 2017, en la comuna de Los Sauces.
La Región 21/08/2021El fiscal jefe de Angol, Cristián Gacitúa, explicó que la víctima prestó declaración y relató los abusos que cometió en su contra el acusado, de iniciales H.Y.G. (se omite su nombre para proteger la identidad de la afectada), desde que tenía 8 o 9 años de edad.
“Ella es actualmente una estudiante universitaria que ha logrado sobreponerse y salir adelante no obstante estos graves hechos que afectaron su indemnidad sexual", señaló el persecutor.
"Quedó acreditado en juicio que cuando comenzó a ser agredida sexualmente por el imputado, que ejercía el rol de figura paterna respecto de ella y su hermano menor, le indicó que esos hechos que cometía en contra de ella era situaciones normales entre padres e hijos”, explicó.
Luego ya en su adolescencia el ahora condenado la manipuló con otras estrategias, indicándole que si no permitía que él siguiera agrediéndola de esta forma le haría lo mismo a su hermano menor. Esto último finalmente llevó a que la víctima contara lo ocurrido a un profesor, que fue quien hizo la denuncia.
Condena
El fiscal Cristián Gacitúa destacó que la Fiscalía logró probar que en los primeros delitos sexuales la niña se encontraba a su cuidado, ya que su madre permanecía fuera del hogar trabajando, lo que es una circunstancia agravante de responsabilidad penal. Esto, sumado a la reiteración de los hechos en el tiempo, permitió llegar a penas que sumadas superan los 25 años de privación de libertad.
Por el delito de abuso sexual infantil H.Y.G. deberá purgar 5 años y un día de presidio, por el de violación infantil reiterada 15 años y un día de cárcel, y por el de violación propia (cuando la víctima era mayor de 14 años) otra pena de 5 años y un día de presidio. Por ser improcedente una pena sustitutiva dichas penas deberán ser cumplidas en forma efectiva.
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