Docentes de la Universidad Santo Tomás realizaron conversatorio sobre cambio constitucional en Chile

Los abogados se refirieron además a los movimientos sociales y a los inminentes cambios que podría sufrir la Constitución chilena, luego del acuerdo que hará un plebiscito de entrada para consultar si se reemplaza la carta magna y en qué modalidad, de ser afirmativa la respuesta.

La Región 21/11/2019 Equipo AraucaniaDiario Equipo AraucaniaDiario
Conversatorio Santo Tomás
Conversatorio Santo Tomás

Desde octubre el país está viviendo un proceso histórico, donde se han planteado reivindicaciones sociales y económicas, por esto, la Escuela de Derecho de la Universidad Santo Tomás desarrolló el conversatorio “Movimiento social y cambio constitucional en Chile”, con el fin de aclarar consultas e informar a los estudiantes tomasinos.

En este marco, el Director de Derecho de la UST, Ramón Valdivieso comentó que “esta es una oportunidad no solo para repensar el país y sociedad, sino también para comunicar conocimientos necesarios y entender mejor las implicancias de un inminente proceso constituyente”. 

Cambios

Uno de los docentes invitados fue el experto en Derecho Constitucional y Administrativo, Marcelo Cevas quien se refirió a dos grandes lineamientos que propone para una eventual nueva constitución. 

Al respecto, indicó: “en cuanto a la participación política, aquí se podría establecer algunos mecanismos de democracia semi-directa para que las personas se sientan más representadas y partícipes del proceso político, tales como el plebiscito, el referéndum o la iniciativa popular”.

Demandas ciudadanas

Por su parte, la Magister en Derecho y docente de la Universidad Santo Tomás Temuco, Ana María Silva, abordó los conceptos claves de la Constitución y realizó un análisis de las demandas de la ciudadanía.

“El tema central es definir hasta qué punto el derecho a la educación, salud, trabajo y vivienda pueden ser garantizados, puesto que estos temas requieren grandes gastos por parte del Estado. Es importante moderar las expectativas, ya que, si no se opera con realismo, se puede generar más frustración en la ciudadanía”, explicó Silva.  

Subsidiaridad

Finalmente, la docente y Jefa de carrera de Derecho UST, Paula Torrealba desglosó el principio de subsidiaridad en la constitución actual, el artículo 19 n°21 inciso segundo y el “Estado empresarial”, y el principio de subsidiaridad en el derecho comparado.

Con respecto al último tema, la abogada dijo: “el derecho europeo y de Perú, a diferencia de nuestra carta magna, incorporan expresamente el principio de subsidiaridad dentro de los respectivos textos de sus cartas fundamentales”.

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