
Corte declara admisible recurso de protección en contra de seremi Katia Guzmán
Equipo AraucaniaDiario
El colegio de periodistas de La Araucanía presentó un recurso de protección, en el cual 32 periodistas de La Araucanía, de diversos medios regionales -entre ellos la directora de AraucaniaDiario Tania Márquez- demandan que se adopten tanto medidas de orden general para los puntos de prensa que se realizan a diario, como en relación al contagio que puedan haber sufrido por parte de la seremi de Salud Katia Guzmán, quien luego de haber confirmado que un funcionario de su repartición estaba contagiado, no advirtió ni a los medios de comunicación, ni a otras autoridades, del riesgo de posible contagio por parte de ella como vector.
Así, los periodistas que recurrieron de protección demandan: "Se ordene a los recurridos que, procedan a tomar examen de contagio de COVID-19, a los trabajadores de las comunicaciones, que fueron afectados por la acción temeraria de la SEREMI de Salud de la Región de la Araucanía que los expuso innecesariamente a un contagio potencial y absolutamente evitable".
"Se ordene a los recurridos que, en caso de resultar positivo para COVID-19, alguno de los trabajadores de las comunicaciones, se le someta a tratamiento médico, conforme los lineamientos de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y los avances científicos que se desarrollen en esta materia, a costa del Ministerio de Salud", continúa el libelo.
Y además se pide que la Corte de Apelaciones ordene que dentro del plazo que estime pertinente, el servicio de Salud proceda a establecer un protocolo sanitario para conferencias de prensa, en relación a los cuidados de los trabajadores de las comunicaciones. Vea aquí el recurso: Recurso de Proteccion Colegio de Periodistas Araucania.pdf
Admisible
Luego de transcurridos los plazos de rigor, desde la presentación del recurso de protección el 23 de marzo pasado, la Corte de Apelaciones de Temuco declaró admisible el recurso, ordenando a los recurridos informar al respecto.
"Se declara admisible el recurso de protección, en consecuencia se ordena informe la recurrida dentro del plazo de ocho días, adjuntando todos los antecedentes que sobre la materia digan relación, bajo apercibimiento de prescindir de dicho informe si éste no es evacuado dentro de dicho plazo, debiendo además, en lo posible acompañar el informe respectivo en formato digital", dice el fallo de la Corte de Apelaciones de Temuco.


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