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Los 8 uniformados habrían participado de "torturar" a dos manifestantes que en el contexto del llamado "Estallido Social", mientras se encontraban protestando en Temuco.
La Región11/04/2023
Equipo AraucaniaDiario
Según la fiscalía, a las 22:30 horas del 22 de octubre de 2019 las presuntas víctimas R.G.Q. y C.C.M. se encontraban en la esquina de las calles San Martín y Palihue, Temuco, lugar en el que se desarrollaba una manifestación pública, cuando habrían sido detenidos por funcionarios del Ejército de Chile que se movilizaban en un jeep y una camioneta institucionales.
Tras obligarlos a pedir disculpas a gritos a los vecinos por los hechos que le atribuían, los habrían agredido con golpes en diversas partes de sus cuerpos y habrían atado sus manos con amarras plásticas. A continuación, ambos habrían sido subidos al jeep y trasladados hasta las inmediaciones del cerro Ñielol. En las cercanías de la intersección de las calles Carrera y Balmaceda, les habrían conminado a ubicarse junto a un muro de deslinde del Cementerio General de esta ciudad, con la frente apoyada en la pared, sin mirar hacia atrás.
Durante la formalización, la fiscalía relató que los funcionarios del Ejército se habrían ubicado a las espaldas de las presuntas víctimas y les habrían exigido gritar disculpas al país por haber estado protestando. En ese instante R.G.Q. habría sido agredido por uno de los imputados, quien, al ver que dicha víctima miró hacia atrás, lo habría golpeado con su fusil en las costillas.
Luego, los ocho funcionarios indicados, presuntamente con la intención de castigar a las víctimas por su intervención en la manifestación pública, se habrían formado en posición de fusilamiento, manipulando sus armas provocando que éstas emitieran el ruido propio del proceso de carga, sugiriendo con sus conductas que dispararían en contra de éstas, a quienes continuaron ordenando no mirar hacia atrás.
Así y según la fiscalía, en ese momento uno de los militares se habría acercado a los jóvenes detenidos y les habría ordenado retirarse por el mismo lugar que usaron para llegar, amenazándolos con dispararles y matarlos si se devolvían, por lo que ellos, ya desatados de manos por el personal militar, habrían huido angustiados, siendo en ese momento agredidos con golpes de pie en sus glúteos (patadas) por parte de los imputados que presuntamente, en momento previos, habían simulado su fusilamiento; los cuales, además, no habrían dado cuenta a la autoridad policial de la detención efectuada.
A causa de las presuntas agresiones a R.G.Q. se le diagnosticó una contusión infracostal, múltiples lesiones erosivas, mientras que C.C.M. habría sufrido equimosis en región dorsal infracostal derecha de aproximadamente 3x6 centímetros, equimosis en fosa iliaca derecha de aproximadamente 3x3 centímetros y eritema en región lumbar sin signos de fractura, lesiones médicamente calificadas de leves.
La Corte de Apelaciones estimó que esta simulación de fusilamiento que le imputa a los ocho funcionarios del Ejército es constitutiva del delito de torturas y no simplemente de apremios ilegítimos, como había estimado el tribunal de garantía al formalizar la investigación.

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