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Pese a cumplir con todos los requisitos para optar a libertad condicional, nuevamente se le negó el cambio de medida a Luis Tralcal Quidel, condenado a 18 años de cárcel junto al machi Celestino Córdova.
La Región13/05/2023Un recurso de Amparo presentó el abogado Sebastián Saavedra Cea, a favor del condenado por el crimen de matrimonio Luchsinger-Mackay, Luis Tralcal Quidel, luego que la Comisión de Libertad Condicional le negara nuevamente su solicitud, no obstante cumplir los siguientes requisitos, según su defensa:
A) Tiempo de la condena y tiempo mínimo para postular a la Libertad Condicional: el amparado registra como fecha de inicio de condena el 26 de marzo de 2019 y como fecha de termino el 6 de marzo de 2031, registrando 2.184 días de abono. Así las cosas, cumple el tiempo mínimo el día 5 de marzo de 2021, correspondiente a la mitad del tiempo de condena.
B) Conducta intachable, Bimestres de muy buena conducta: El amparado registra conducta "MUY BUENA" ininterrumpidamente por 3 años, desde el bimestre de septiembre-octubre 2019, no registrando sanción alguna durante todo el tiempo de cumplimiento de condena en el CET de Victoria.
C) Informe Psicosocial: el informe fue elaborado con fecha 27 de marzo de 2023, por la trabajadora social Stephanie Novoa Muñoz.
"En definitiva, es desde marzo del año 2022 que mi representado cumple con el tiempo mínimo para acceder al beneficio, por tal razón es que se remiten sus antecedentes por TERCERA VEZ a la Comisión de Libertad Condicional, habiendo presentado la solicitud por primera vez hace más de 1 año, con fecha 13 de abril de 2022, la que fue rechazada. Finalmente, la última solicitud se realiza en abril de 2023, siendo rechazada por tercera vez la posibilidad de que mi defendido siga cumpliendo su pena bajo Libertad condicional", dice elaborado Sebastián Saavedra.
Sin embargo, el motivo por el cual se rechaza su solicitud no es otra que según la comisión, presidida por la ministra de la Corte de Apelaciones de Temuco, María Georgina Gutiérrez Aravena, el condenado debe reconocer que cometió el delito por el cual fue condenado e independientemente de que Luis Tralcal mantenga hasta el día de hoy su inocencia, Gendarmería exige que debe reconocer que es culpable.
"Informe de postulación psicosocial de Gendarmería da cuenta de factores de riesgo de reincidencia del condenado, que no permiten a la época de postulación, demostrar una adecuada reinserción en la sociedad, al presentar un alto o mediano riesgo de reincidencia", dice el informe de la comisión, esto debido a que no reconoce su participación en los hechos por los cuales fue -según Luis Tralcal- injustamente condenado.
"... haciendo un análisis del informe psicosocial aportado por Gendarmería queda de manifiesto que el postulante no cumple el requisito establecido en el N°3 Art.2 DL.321 toda vez que el informe señala expresamente que el postulante NO reconoce haber cometido el delito", fundamenta la comisión.
Sin embargo, la defensa de Luis Tralcal insiste en que este requisito impuesto por Gendarmería y por la comisión, no figura en la Ley y que por lo tanto, se le debe conceder el beneficio de la libertad condicional. "La resolución objeto de la acción constitucional contraviene lo dispuesto en el Decreto Ley N° 321 y su reglamento, puesto que deniega la libertad condicional fuera de los casos y formas previstos por ley", dice el abogado defensor.
"... la resolución que rechaza la libertad condicional constituye un acto ilegal en tanto resuelve rechazar la postulación de don Luis Tralcal argumentando que no reconoce haber cometido el delito, en tanto dicha circunstancia no forma parte de los requisitos establecidos en el DL 321 sobre libertad condicional", puntualizó el abogado Sebastián Saavedra.
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