Fiscalía apelará por sobreseimiento de 2 de las 5 acusaciones en contra de Martín Pradenas

"Es una resolución que no se encuentre firme, se trata de una resolución que no compartimos y por lo mismo, el Ministerio Público va a presentar recurso de apelación dentro de los próximos días con el objeto de que sea la ilustrísima corte de apelaciones de Temuco la que resuelva esta situación", dijo el fiscal Rojas.

La Región22/07/2020Yuliana MontielYuliana Montiel
Formalización caso de Antonia Barra
Formalización caso de Antonia Barra

Tras una larga jornada en la que se formalizó la investigación contra Martín Pradenas, imputado por delitos de abuso sexual y violación, el Juzgado de Garantía de Temuco decretó el sobreseimiento parcial del acusado, respecto a 2 de los hechos que forman parte de la acusación fiscal.

Al respecto, el fiscal Miguel Rojas dio a conocer que en los próximos días apelará a esta decisión, considerando que la misma no se encuentra firme y no es compartida por el Ministerio Público.

"Es una resolución que no se encuentra firme, se trata de una resolución que no compartimos y por lo mismo, el Ministerio Público va a presentar recurso de apelación dentro de los próximos días con el objeto de que sea la ilustrísima corte de apelaciones de Temuco la que resuelva esta situación", dijo Rojas.

Además, el persecutor explicó que el actuar delictual del imputado "que va desde el año 2010, al año 2019, que representa la comisión de distintos ilícitos va interrumpiendo la prescripción y bajo esa perspectiva, entendemos que los plazos de prescripción se encuentran totalmente vigentes y que la acción penal no se encuentra prescrita".

Finalmente, Rojas reiteró que mantiene la pretensión de prisión preventiva por considerar la libertad del imputado peligrosa para la seguridad de la sociedad y de la víctima, tanto por la cantidad de delitos como la naturaleza de estas.

Hechos de la acusación fiscal

- Primer hecho: durante noviembre de 2010, en horas de la tarde, al interior de un domicilio particular en Temuco, el imputado habría procedido, por medio de la fuerza, a ejecutar actos de significación sexual y de relevancia en perjuicio de la víctima de 16 años a la época de los hechos, empujándola fuertemente sobre una cama, subiéndose encima de ella, efectuándole tocamientos en la zona de sus pechos y en su zona vulvar. Este fue uno de los hechos sobreseídos por el tribunal.

- El segundo hecho: habría ocurrido entre los meses de diciembre de 2012 y enero de 2013, en horas de la tarde, al interior de un domicilio en Temuco, donde el imputado procedió, por medio de la fuerza, a empujar sobre la cama a la víctima, de 13 años de edad a la época, besándola en la boca, sacándole la polera y el sostén, para posteriormente proceder besarle, contra la voluntad de la afectada, la zona de sus senos. 

- Tercer hecho: durante abril de 2014, en horas de la madrugada, al interior del domicilio ubicado en Temuco, el acusado, aprovechándose que la víctima de 19 años a la época de los hechos, se encontraba incapacitada para oponerse al estar durmiendo en estado de ebriedad, procedió a ejecutar actos de significación sexual y de relevancia en su contra, besándola en la boca, efectuándole tocamientos en la zona de sus pechos y en su zona vulvar, por debajo de la ropa.

De acuerdo con la parte querellante de esta víctima, a causa de estos actos la joven habría presentado una fuerte depresión y varios intentos de suicidio en ese mismo año. Además, habría padecido crisis de angustia. Este fue el segundo hecho sobreseído por el Juzgado.

- El cuarto hecho que forma parte de la acusación fiscal, habría ocurrido el 24 de noviembre de 2018, en horas de la madrugada. En donde el imputado, aprovechando que la víctima, de 20 años a la época, se encontraba incapacitada para oponerse producto de su estado de ebriedad, procedió a tomarla fuertemente de sus muñecas, bajándole sus pantalones para posteriormente accedería carnalmente vía vaginal.

Según la defensa de esta parte, la víctima era virgen para la fecha de los hechos, por esta razón, consideró imposible "pretender que el consentimiento pueda existir" entre la joven y el acusado. Además, durante el relato de la víctima, esta informó que a la hecha tenía marcas en la muñeca y dolor vaginal.

Finalmente, el último hecho que corresponde a la víctima Antonia Barra, habría ocurrido el 18 de septiembre de 2019, entre las 06:00 y las 09:00 horas aproximadamente, en el exterior del Supermercado Líder, ubicado en Avenida Bernardo O´higgins N° 964 de la comuna de Pucón, donde el imputado, aprovechándose de que la víctima de 21 años, se encontraba incapacitada para oponerse producto de su estado de ebriedad, procedió a ejecutar actos de significación sexual y de relevancia en su contra, efectuándole tocamientos en la zona de sus glúteos, besándola en la boca y en su zona vulvar. 

Posteriormente, Pradenas habría procedido a quitarle su ropa, efectuándole tocamientos en la zona de sus pechos y glúteos, para luego accederla carnalmente vía vaginal y vía bucal.

Una cadena de acusaciones

De acuerdo con el ente persecutor, a partir de la denuncia realizada por los padres de Barra, es que el resto de las jóvenes tomaron la decisión de reportar los sucesos de los que habían sido víctima a las autoridades.

"El hecho que afectó a Parra, trajo consecuencias tanto para Antonia como para su familia y tuvo  una virtud. Esa virtud es que permitió vislumbrar la presencia de múltiples víctimas de agresiones sexuales proferidas de manera sistemática por el representado de la defensa, los hechos que afectando a Antonia permitieron conocer que a quien se indicó autor (...) venía ejecutando este mismo tipo de conducta similar por lo menos desde el año 2010", dijo Rojas durante la audiencia.

Medida cautelar

No obstante que el persecutor y los querellantes solicitaron e insistieron en la medida cautelar de prisión preventiva para Pradenas, el magistrado Federico Gutiérrez comunicará hoy los fundamentos para la decisión que será informada a las partes a contar de las 09.00 horas.

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