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Especial importancia tuvo la presentación de testigos que fueron calificados como "no imparciales" por el Tribunal, mientras la causa penal se mantiene suspendida.
La iniciativa legislativa pretende incorporar el delito de incendios en lugares de culto dentro de los delitos de incendio que ya considera el artículo 476 del Código Penal.
La Región27/12/2020
Equipo AraucaniaDiario
Los senadores Aravena y Chahuán, se reunieron con el ministro Segpres, Cristián Monckeberg, a quien realizaron la solicitud hace unos días.
“La libertad religiosa, el culto, el poder tener una creencia y practicarla es una de las libertades más importantes para las personas", con estas palabras el ministro Secretario General de la Presidencia (Segpres),Cristián Monckeberg, explicó la importancia del proyecto de ley que busca especificar, como un delito agravado en el Código Penal, los incendios intencionales a lugares destinados al culto religioso.
El Secretario de Estado indicó que hace algunos días, se reunió con la senadora Carmen Gloria Aravena y el senador Francisco Chahuán, quienes manifestaron su preocupación por acelerar la tramitación de una iniciativa de su autoría, que apunta a aumentar las sanciones contra este tipo de atentados.
"Es muy grave cuando alguien, sólo o en un organización, ataca o quema una iglesia, porque no sólo está atentando contra un inmueble, está pisoteando la dignidad y la fe de millones de chilenos. Eso es muy grave y no puede seguir ocurriendo impunemente. Es por eso que como Gobierno escuchamos esta solicitud y esta semana hemos puesto urgencia a la tramitación de la iniciativa", aseveró el ministro Monckeberg.
Por su parte, la senadora Carmen Gloria Aravena se mostró conforme y agradecida por la respuesta positiva del Gobierno, frente a la solicitud de suma urgencia a la tramitación legislativa del proyecto de ley.
“Quiero agradecer al Gobierno y en especial al ministro Monckeberg, por acoger la solicitud que realizamos con el senador Chahuán. Esta iniciativa busca especificar el delito de incendio a lugares destinados al culto religioso, los cuales son reconocidos por el Estado de Chile, además se debe considerar que en nuestro país un 80% de los habitantes declara pertenecer a alguna religión”, sostuvo Aravena.
La iniciativa pretende incorporar el delito de incendios en lugares de culto dentro de los delitos de incendio que ya considera el artículo 476 del Código Penal, lo que implicaría penas que van desde los 5 años y un día a los 20 años de presidio.

Especial importancia tuvo la presentación de testigos que fueron calificados como "no imparciales" por el Tribunal, mientras la causa penal se mantiene suspendida.

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