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Se trata de los excarabineros Carlos Alarcón, Raúl Ávila y Braulio Valenzuela. La Corte de Apelaciones de Temuco revocó la resolución del Tribunal Oral en lo Penal de Angol y determinó la medida privativa de libertad.
La Región20/01/2021
Yuliana Montiel
Hace pocos minutos, la Corte de Apelaciones de Temuco revocó la resolución del Tribunal Oral en lo Penal de Angol y determinó la prisión preventiva de los excarabineros condenados en el marco del caso Catrillanca. Se trata de los exfuncionarios Carlos Alarcón, Raúl Ávila y Braulio Valenzuela.
Recordar que el pasado 11 de enero, el TOP de Angol había rechazado la petición del Ministerio Público de modificar la cautelar de los tres ex funcionarios y aplicarles la prisión preventiva. Sin embargo, la Corte revocó la resolución y ordenó la medida privativa. La siguiente audiencia sería para la lectura de sentencia, la cual se realizará el jueves 28 de enero a las 11 de la mañana.
Al respecto, el fiscal de la unidad de Derechos Humanos Roberto Garrido, señaló: "La Corte de Apelaciones de Temuco acogió los argumentos y la petición del Ministerio Público y decretó la prisión preventiva de tres de los condenados en este caso. De esta manera se revocó la resolución del Tribunal Oral en lo Penal de Angol (…) ellos han sido condenados por delitos de obstrucción a la investigación, disparo injustificado, homicidio simple consumado y homicidio simple frustrado. Además, del delito de apremios ilegítimos".
"Las penas que estás personas arriesgan van aproximadamente desde los cinco años de privación de libertad hasta más de 15 años y son sanciones de cumplimiento efectivo en razón de eso es que la Fiscalía considera que la medida cautelar que debía decretarse era precisamente de la prisión preventiva", agregó.
Las acusaciones
Durante la lectura del veredicto se condenó al sargento de Carabineros dado de baja Carlos Roberto Alarcón Molina, como autor del delito consumado de homicidio simple de Camilo Catrillanca y del delito frustrado de homicidio simple del adolescente M.A.P.C.
A Raúl Evaristo Ávila Morales se condenó como autor de los delitos consumados de apremios ilegítimos en contra del adolescente M.A.P.C.; disparo injustificado y obstrucción a la investigación.
En tanto, el tribunal dictó veredicto condenatorio en contra de Braulio Andrés Valenzuela Aránguiz como autor del delito consumado de disparo injustificado y obstrucción a la investigación.

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