
TER desestima acción contra el exalcalde de Galvarino Marcos Hernández
De acuerdo al fallo los concejales en ejercicio y el alcalde actual Hans González no presentaron correctamente el requerimiento.
En lugar de representar a cada pueblo originario, como sucedió en la fracasada convención constitucional, los cupos reservados representarán los votantes indígenas que efectivamente votan. El único pueblo originario con representación especial en el órgano constitucional sería el mapuche.
Política14/12/2022
Equipo AraucaniaDiario
A diferencia de lo ocurrido en el proceso constitucional ya concluido, donde la sobre representación de los pueblos originarios era obvia, si se analiza su población total o la cantidad de votantes de cada etnia y su número de convencionales, en la nueva fórmula sólo habrán dos o a lo mucho tres representantes en total.
Así es, ya que esta vez su número se definirá en relación al total de votantes reales que exista por cada pueblo originario y no de la población total de la etnia.
De esta manera, si en total un 4% de los votos corresponde a candidatos de pueblos originarios, se elegirá un 4% de cupos extra, lo que sobre 50 personas vendrían siendo 2 cupos adicionales. Si el porcentaje de votantes de pueblos originarios sube a 6%, los cupos extra a seleccionar serían 3.
Así lo establecen lo acuerdos ya adoptados y aunque falta aún la escrituración o bajada legal de la norma, así se cerró.

De acuerdo al fallo los concejales en ejercicio y el alcalde actual Hans González no presentaron correctamente el requerimiento.

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